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EL SECTOR ABOGA POR OTRAS VARIABLES PUNTUABLES EN LAS LICITACIONES | |||||||||
El coste fijo en hospitales da alas a la responsabilidad sociosanitaria
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Europa plantea un tope en el precio de los contratos, y España debe ajustarse a la normativa | |||||||||
Javier Barbado / Imagen: Cristina Cebrián y Joana Huertas. Madrid El 18 de abril supuso la fecha tope para aplicar, en los Estados miembros, la directiva europea que afecta a las contrataciones en el sector público, incluido el sanitario. En sus preliminares, se lee una propuesta que adquiere visos de hacerse realidad si así lo requieren las autoridades de cada país: fijar un tope para el precio de los productos que concursan en las adjudicaciones de la Administración. Así entrarían a valorarse otras características más allá del coste como, por ejemplo, la responsabilidad social sociosanitaria de las empresas, la calidad científica o la coste-eficiencia.
Las contrataciones públicas en el hospital: situación de partida Javier Guijarro, secretario general de la Asociación Española de Ingeniería Hospitalaria (AEIH): Una de las funciones esenciales del ingeniero en las contrataciones públicas tiene lugar cuando se convierte en promotor de un expediente técnico, en el sentido de que defina las bases o las cualificaciones técnicas que sirven de referencia para redactar un expediente administrativo, y, en consecuencia, sacar a luz una licitación pública.
Por último, otra función es ser miembro de una mesa de contratación, y aquí, a su vez, existen dos posibilidades: como vocal o en calidad de secretario o de presidente. Luis Mosquera, presidente de la AEIH: Por mi parte ahondaría en el punto de vista de la promoción de los expedientes, donde nuestra labor se circunscribe a nuestro ámbito clásico de actuación que es muy amplio dentro del hospital (desde la cuestiones de hostelería a la infraestructura de los edificios o la tecnología sanitaria).El ingeniero es un técnico dotado cada vez de más rigor e influencia, ante todo en la parte asistencial; queramos o no, toda acción sanitaria está muy tecnificada y eso obliga a que la definición estándar que hace un facultativo del equipo que maneja esté condicionada por una serie de elementos elementos. Pongo un ejemplo: cuando un cirujano quiere el mejor catéter para hacer una ablación quirúrgica, se muestra capaz de definir cómo lo quiere, pero, detrás de ese catéter, hay un generador y algún tipo de energía que emite radiación, y en esa parte su conocimiento es más limitado.También podemos aportar un poco de racionalidad en tareas como la redacción de los pliegos: estandarizarlo. Alberto López, director comercial de Ferrovial Servicios: La responsabilidad del ingeniero en las contrataciones no es solo influyente, sino concluyente. La alta complejidad tecnológica conduce a que, cada vez más, las decisiones estén condicionadas por el rigor técnico.Además, se trata de un oficio no excesivamente habitual en un hospital. Los ingenieros son un recurso escaso y, cada vez más, se recurre a sus opiniones. Fernando López, responsable comercial de Imtech: El ingeniero ha de tener una formación continua cada vez más especializada en todos los ámbitos; ha de ser un experto en la materia hospitalaria en general. Sin embargo, por desgracia, cada vez más las administraciones priman el criterio del precio respecto al técnico, y eso está haciendo bastante daño al sector.Javier Guijarro: Nos encontramos ante un desarrollo que va a cambiar la aplicación del criterio eco-precio; tan solo con ver la Directiva 24/2014 en materia de contratación pública, y las transcripciones que se llevaron a cabo, en esta materia, en la Ley de Contratos del Sector Público nueva, ya nos anuncian de que nos encontramos ante el nuevo criterio de adjudicación que luego lo podremos evaluar. Luis Mosquera: En todos los expedientes de los cuáles soy promotor, nunca es el criterio único la adjudicación: jamás. A pesar de todas las dificultades con que nos encontramos para aplicar este principio. Es verdad que la ponderación de la parte no económica es pequeña, pero eso está cambiando. De hecho, hay que ser realmente objetivo, porque ninguna de nuestras leyes de contratación ha dicho jamás que el criterio de adjudicación debe ser el único, o que la oferta más ventajosa para la Administración haya de ser la más económica en cuanto al coste.En cuanto a la directiva, que se transpondrá en algún momento a la normativa española, algunas de las frases que dice son demoledoras en este aspecto. Por ejemplo, se lee: “El factor coste también podrá adoptar la forma de un precio de coste fijo, sobre la base del cual los operadores económicos competirán únicamente en función de un criterio de calidad”, lo cual supone darle un vuelco total a lo que se hace hasta ahora.
Creo que compartimos la opinión de que el criterio del precio no siempre es el mejor, pero, quizás en el momento en que vivimos de austeridad, o de ajuste en la eficiencia, se tiende a establecer criterios muy objetivos de adjudicación.
En este sentido, hay una serie de principios básicos como son la transparencia, el acceso al mercado y la consulta previa en el sentido de la participación que puede tener el sector empresarial, de forma conjunta con la Administración, en la preparación de posibles licitaciones. También existe otro aspecto relevante, que es de los aspectos sociales y medioambientales para ser tenidos en cuenta en los procesos de licitación. No estoy muy seguro de cómo se contrastará esa variable desde un punto de vista objetivo, en especial en una ley de contratos que, de forma habitual, se rige más por adjudicaciones en cortos plazos; me refiero a un espacio de tiempo entre cuatro y seis años en el que no siempre los ciclos de vida se contrastan o analizan.
Pero, en mi opinión, se trata de un paso muy importante el hecho de que se empiece a hablar de ese criterio como un aspecto por valorar. Fernando López: Hasta ahora, no se está aplicando para nada los contratos a corto plazo. Pero este criterio sí se está aplicando para todos los contratos de eficiencia energética que están planteándose con la Administración en intervalos de diez a 15 años.
Ahí ya se está aplicando y es un criterio puntuable que suele estar alrededor de 10 puntos, si no me equivoco, de puntuación máxima, que es un peso muy importante para nosotros. Creemos que es muy importante el ciclo de vida, tener limitado ese ciclo en los equipos. Hacienda preparó un borrador de transcripción de la ley que sí se llevó a cabo pero no se llegó a votar, y yo creo que ahora, claro, queda todo paralizado. Lo más interesante del asunto estriba en qué situación estamos, pues la fecha en que debía trasponerse la directiva expiró el 18 de abril. Javier Guijarro: En la Comunidad de Madrid sí podemos decir que, desde el 18 de abril, se han acometido modificaciones en los pliegos administrativos que sirven de base para llevar a cabo la contratación; en este sentido, la Consejería de Economía y Empleo ha realizado adecuaciones y transcripciones de partes de las directivas a los nuevos modelos de contratación y se están realizando, al margen de que llegará un momento de que tengamos la nueva herramienta legal de trabajo.
Fernando López: Nosotros no hemos notado todavía esa claridad que marca la directiva, pues lo pone todavía mucho más fácil desde el punto de vista administrativo; en concreto, abre las puertas a muchas empresas y eso es bueno para la propia Administración en el sentido de que aporta mayor claridad y transparencia. Lo que sucede es que nosotros no hemos notado ningún cambio, en general, en ninguna de las provincias. Alberto López: Se está haciendo el esfuerzo e incluso se van a adelantar las fechas respecto a la transcripción. Hay una voluntad de llegar incluso antes de septiembre de 2017. Creo que es un modelo de contratación transparente y accesible.Otra cuestión es que haya menor o mayor interés en el mercado, pero creo que criterios de apertura o de cómo permitir la contratación a otras empresas, ya son evidentes, y esto está provocando que, al final, resulte mucho más competitivo el mercado, que al fin y al cabo es el objetivo de la transcripción y de cualquier contratación en el sector público, es decir, facilitar la competencia y la eficiencia así como la accesibilidad y la transparencia. Javier Guijarro: No sólo está contemplado en la nueva ley, sino que viene contemplado en normativas anteriores: desde la Ley de Contratación de Administraciones Públicas, a la Ley de Contratos del Sector Público; en todos los casos, el texto refundido ha incluido evaluaciones o exámenes de lo que son los aspectos medioambientales. Nos encontramos ahora con la nueva transcripción, posiblemente en puntualizar cómo se puede llevar a cabo esa evaluación de los aspectos medioambientales y, por derivación, de la Responsabilidad Social Corporativa. Queda claramente definido en dónde hay que encajarlo, si se va a hacer en materia de criterios de evaluación o de solvencias, y parece ser que todo apunta a que los criterios vinculados a aspectos socio-ambientales no van a ser evaluables así, directamente. Pero en ningún momento se puede decir, a día de hoy, que no puedan ser criterios que la Administración tenga en cuenta.Alberto López: Es una pregunta complicada, porque se habla en términos muy genéricos de Responsabilidad Social Corporativa, de una manera muy amplia. Creo que se debe precisar el término. Nuestra experiencia es que otros mercados, como Reino Unido, sí contemplan los aspectos sociales que desarrolla la actividad de una empresa. Pero yo no hablaría tanto de Responsabilidad Social Corporativa, tal y como la entendemos en España.Así, la complejidad social de una región como Andalucía es muy diferente a la de Galicia y muy diferente a la del País Vasco, y eso no quiere decir que el aspecto social corporativo de la compañía en cada lugar sea diferente, pero sí las soluciones aplicables en cada caso. Pero yo no hablaría tanto de responsabilidad social corporativa como de aspectos sociales en las ofertas o en las propuestas que los operadores económicos propongamos a la Administración. Fernando López: Para nosotros, resulta interesante que se valore igual que un criterio más como puede ser el precio, es decir, al final todas las empresas de nuestro sector apuestan por la Responsabilidad Social Corporativa porque creemos en ella. Y creemos que es bastante interesante poder puntuar este criterio, al igual que las empresas privadas también valoran que las empresas tengan acciones de esa clase.Cómo evaluar el compromiso social de las empresas
La ley dictamina con claridad que se puede llevar a cabo alguna acción al respecto relacionada con la adjudicación, aunque también podríamos hablar de la ejecución o de la solvencia. Respecto a la ejecución, habla de valorar aspectos cualitativos, medioambientales y sociales vinculados al objeto del contrato. Fernando López: Nosotros, al ser instaladores y mantenedores, estamos amparados bajo la ISO, que regula todo el aspecto del medioambiente; como no somos fabricantes, todo lo que nosotros hacemos es intentar prevenir aspectos como las contaminaciones, por ejemplo usando recogidas de aceites, controlando la iluminación...Alberto López: Todas las compañías, afortunadamente, tenemos interiorizados criterios medioambientales en nuestra gestión de servicio, por lo que me atrevo a decir que es un éxito del sector que nos diferencia. Tenemos un altísimo nivel de sensibilidad hacia este asunto. Calidad científica y coste-eficiencia: ¿nuevos elementos por evaluar?Javier Guijarro: Hay una serie de aspectos que, con las nuevas normativas, se van a tener en cuenta y uno de ellos repara en la evidencia científica. No podemos estar evaluando qué va a ocurrir con algo que voy a adquirir, sino que tenemos que tener de antemano una garantía, que apunta de forma directa a ese concepto: dónde se ha comprobado, dónde se ha realizado una muestra, donde tenemos unos resultados palpables y, ante todo, dónde se ha refrendado por las asociaciones científicas. Son cosas que, hasta ahora, no han aparecido de una forma muy definida en los criterios de adjudicación. Y, por otra parte, es importante, para realizar la adquisición, hacer los análisis de coste- eficiencia de este mismo producto del cual obtengo la evidencia científica, y de esa forma obtenemos el engranaje perfecto.Luis Mosquera: Estamos en un entorno sanitario, y, por lo tanto, se habla constantemente de Medicina basada en la evidencia. En cuanto a la coste-eficiencia, hace poco hablábamos, en este mismo plató, de evaluación de la tecnología sanitaria. También se puede citar el mundo farmacéutico, donde sabemos perfectamente que la capacidad esperada del resultado de ciertos fármacos muchas veces dista mucho de lo que inicialmente se piensa, y de hecho, para eso, incluso en términos de contratación y en términos de la relación entre la industria y la Administración, existen contrataciones de riesgo compartido, que hablan ya claramente de un pago en función de los resultados en salud que tengo respecto del paciente.Fernando López: En nuestro ámbito se hacen contratos por cumplimiento de objetivos, o bien con indicadores para control de cumplimiento a la hora de penalizar o bonificar en función de conseguir esos objetivos. Eso se lleva haciendo con clientes privados muchos años y entiendo que la Administración ha visto otra posibilidad de contrato interesante para ellos. Alberto López: Cualquier iniciativa que ayude a compartir, en este caso a los operadores, condiciones con la Administración, ayuda a tener una mínima perspectiva de la gestión de la infraestructura. Esto es un acierto absoluto y ha sido, de hecho, una evolución de razonable acierto en los últimos diez años. Es decir, no sólo se trata de gestionar de manera eficiente, que ya es importante, sino pensar en el largo plazo cómo se gestiona esa infraestructura, pensando en la longevidad del activo en un periodo de diez, 12 o 15 años.
RONDA DE CONCLUSIONES:
Y eso conduce, a su vez, al desarrollo de soluciones tecnológicas que no se encuentran disponibles en la actualidad. Nos va a permitir beneficios para todos los agentes que estamos implicados en el sector, públicos y privados, así como una apertura de entrada en el mercado para nuevos productos. Otro aspecto que también resulta novedoso es la forma de introducir nuevos criterios de adjudicación donde empezamos a hablar claramente de la relación precio-calidad, y empezamos a hablar de las ofertas económicas ventajosas. Esos dos puntos, al margen de los pilares básicos de desarrollo, son aspectos novedosos que nos van a poder permitir agilizar y mejorar en materia de contratación pública.Luis Mosquera: Como técnico, pero también como funcionario o como miembro de la Administración pública, pediría que, una vez establecida la ley, la que proceda, se pueda aplicar en todo su ámbito. Eso sería para mí la mejor solución a todos nuestros problemas. Alberto López: Nos gustaría una mayor innovación por parte de la Administración, pero no en el sentido tecnológico, sino innovación en modelos de gestión. Hay que cambiar o revisar esos modelos; tal vez lo haya expresado de forma en exceso genérica, pero resulta muy complejo ser más eficiente si no cambiamos las formas de gestionar los recursos, las infraestructuras, etc. Existe una serie de capacidades, un conocimiento y un grado de especialización altísimo en la Administración. Ahora bien, sea por el contexto, sea porque no hayan sido lo influyentes que debieran haber sido, los modelos de innovación todavía debería resultar más atrevidos.Fernando López: Por nuestra parte, esperamos es que la ley abra la puerta al asunto de las consultas previas, ya que, para nosotros, resulta muy interesante colaborar de alguna manera con la Administración mano a mano, y aportar tanto soluciones técnicas como ideas, como ir de la mano por el mismo camino. A veces las empresas parecemos enemigos de la Administración en lugar de ser colaboradores, y es lo que creo que la ley intenta cambiar por completo.
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